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Una concepción equivocada

Algunas personas e instituciones -incluido el Gobierno- suelen confundir los conceptos de democracia, igualdad y participación con la falta de preparación profesional y técnica.

Lo decimos, ante la actual tendencia a disminuir requisitos de trayectoria y formación académica para el ejercicio de cargos públicos -en materias tan importantes como la representación diplomática de Colombia- y para la adquisición de títulos universitarios, sobre la base de entender que las exigencias al respecto son formas de discriminación. Se piensa -erróneamente- que, mientras menos requisitos sean exigidos para el desempeño profesional o técnico, se realizan mejor los postulados democráticos, con mayor apertura y amplias posibilidades laborales, de reconocimiento a las mayorías para el acceso a la actividad pública o privada.

Así, hoy se está llegando a disminuir, sin mayor análisis, el número de años indispensable para culminar la carrera de abogacía en las universidades.

La polémica es justificada y pertinente: no se llega de la noche a la mañana a una formación jurídica adecuada para la obtención de un título de pregrado. En la preparación de un abogado no se puede improvisar, como no se podría improvisar en la de un médico, un ingeniero o un arquitecto. Las instituciones educativas deben ser responsables en el cumplimiento de su función, para entregar a la sociedad profesionales aptos, capaces y bien formados.

En lo que toca con la abogacía, hay elementos necesarios. Enuncio algunos, a título de ejemplo, aunque el asunto es mucho más complejo. Se requiere, cuando menos: una organización académica bien estructurada, orientada al conocimiento básico del Derecho; una completa concepción docente, dentro de un conjunto de asignaturas; la formulación de un programa integral que abarque una visión general del Derecho y desarrollos específicos en las distintas ramas; la fundamentación en el conocimiento y comprensión de valores, principios y normas jurídicas; el conocimiento de las disposiciones, la doctrina y la jurisprudencia; la formación del alumno en su capacidad de conocer, evaluar y discernir razonablemente lo relativo al desenvolvimiento y desarrollo de las instituciones; la actualización y la aptitud para la integral interpretación y aplicación de la normatividad constitucional y legal; el Derecho comparado; la moral profesional, la ética del abogado…entre otros elementos formativos. No se logra en dos o tres años.

En el terreno de las relaciones internacionales de Colombia, el Gobierno piensa expedir un decreto mediante el cual se modifican las actuales disposiciones sobre carrera diplomática, para que -según se anuncia- pueda ser designado embajador o cónsul general todo colombiano de nacimiento mayor de veinticinco años, no importa el nivel educativo, el grado de conocimientos, la idoneidad y experiencia en la materia propia de las funciones. Bastará que, cumplidos esos mínimos requisitos, el presidente de la República haga la escogencia y proceda a la designación.

Con el debido respeto, no estamos de acuerdo. Eso implica desconocer la trascendencia de la diplomacia y hacer inoficiosa la carrera diplomática. Se dificulta la adecuada participación del Estado colombiano en el plano internacional; un innegable retroceso en el nivel de preparación y capacidades de nuestros representantes ante otros Estados y organismos internacionales, existiendo tratados y convenios en que Colombia es parte, en cuya virtud ejerce derechos y tiene obligaciones.

Piénsenlo bien.

*Exmagistrado*Profesor universitario


Algunas personas e instituciones -incluido el Gobierno- suelen confundir los conceptos de democracia, igualdad y participación con la falta de preparación profesional y técnica. Lo decimos, ante la actual tendencia a disminuir requisitos de trayectoria y formación académica para el ejercicio de cargos públicos -en materias tan importantes como la representación diplomática de Colombia- y […]


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Fecha de Publicación: sábado, 29 de noviembre del 2025


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