El nuevo decreto 0277 establece que los docentes deberán integrar un descanso pedagógico dentro de su jornada laboral, modificando el concepto tradicional de “recreo”.
El nuevo decreto 0277, que reemplaza al decreto 1850, modifica la jornada laboral de los docentes y directivos en Santa Marta, estableciendo que, dentro de las seis horas de clase, los educadores deberán incorporar un descanso pedagógico. A diferencia del tradicional “recreo”, este descanso forma parte de las actividades curriculares y debe ser programado por los docentes, quienes podrán organizar juegos, rondas o cuentos para que los estudiantes compartan este tiempo.
José Luis Cabrera Pabón, presidente de la Unión Sindical de Directivos Docentes de la Educación (Usde) Seccional Magdalena, explicó que este descanso no solo se aplica a los estudiantes, sino también a los docentes. “Este descanso pedagógico también incluye a los docentes, y se hace parte de su jornada laboral”.
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De acuerdo con el nuevo decreto, por cada 60 minutos de clase, cinco deben ser dedicados al descanso pedagógico, lo que equivale a 30 minutos de descanso para los estudiantes, en un horario total de seis horas de clase. Las instituciones con flexibilidad pueden distribuir esos minutos a lo largo del día o acumularlos para un descanso general.

Aunque el decreto establece que esta medida debe implementarse a partir de marzo, aún no se ha precisado la fecha exacta de su aplicación, debido a la necesidad de ajustar los horarios en algunas instituciones educativas. En este sentido, la Secretaría de Educación y los rectores están trabajando para adaptar los horarios y asegurar el cumplimiento de la normativa.
Este cambio, que marca una transición en la estructura de la jornada escolar, requiere la colaboración de las autoridades educativas para garantizar su correcta implementación y asegurar que se cumpla con los nuevos lineamientos del decreto 0277.