El Ministerio de Hacienda publicó recientemente el documento “Transacciones de Única Vez (TUV) aplicables para la vigencia 2024”. El texto es muy interesante porque permite sacar una doble conclusión. Por un lado, el cumplimiento de la regla fiscal continúa siendo un sueño inalcanzable. Y, por el otro, es posible realizar arreglos contables que dejen relativamente tranquilos a quienes continúan pensando que la regla fiscal es la mejor forma de hacer un manejo cuidadoso de las finanzas públicas.
El valor de las TUV en 2024 es de $31,9 billones. El documento mencionado comienza afirmando “las TUV no tienen como objetivo ayudar a cumplir la regla fiscal. Su propósito es aislar flujos que distorsionan la parte estructural del balance fiscal, permitiendo que la regla fiscal refleje con precisión la situación estructural de las finanzas públicas”.
De acuerdo con la lógica de Hacienda, el objetivo de las TUV es eliminar de la contabilidad de la regla fiscal las transacciones que cumplan tres características: coyunturales, inesperadas e incompatibles con las dinámicas cíclicas. Si las TUV reúnen estos requisitos, no harían parte de los componentes estructurales de la regla fiscal.
En contra de las apreciaciones de Hacienda se podría afirmar que las TUV sí son para cumplir con la regla fiscal. Y la definición de su condicionalidad resulta siendo un arreglo contable muy frágil.
Primero, porque siempre será discutible cuáles son los comportamientos estrictamente coyunturales o “volátiles”. Hacienda menciona los anticipos del impuesto a la renta, los movimientos erráticos del carbón, la emergencia invernal, y la declaración de la Corte Constitucional en contra de la no deducibilidad de las regalías mineras. La distinción entre coyuntural y estructural abre un espacio muy amplio de discusión.
Segundo, Hacienda menciona ocho veces el carácter sobreviniente de los hechos que motivan las TUV. Pero siempre habrá hechos sobrevinientes porque el futuro es incierto. En todos los años se presentan situaciones completamente inesperadas. Podríamos comenzar el análisis de TUV para 2025 mostrando que numerosas decisiones de Trump le causarán impactos importantes a la economía colombiana, y fácilmente se podrán catalogar como sobrevinientes.
Y, tercero, el desfase con respecto al ciclo toca un asunto crucial, relacionado con la metodología de estimación de los diferentes componentes de la regla fiscal. Los cálculos del Nairu (Non-Acelerating-Inflation Rate of Unemployment) y del Naicu (Non-Acelerating-Inflation Rate of Capacity Utilization), se realizan con supuestos que siempre serán cuestionables, y que afectan las proyecciones de los ciclos. Por tanto, las asimetrías siempre existirán.
El arreglo contable de las TUV son la expresión del fracaso de la regla fiscal como instrumento de política pública. Es comprensible que Hacienda afirme que a través de las TUV no se pretende ignorar el compromiso de cumplir la regla fiscal. Esta opinión bondadosa no es cierta. Claramente, las TUV sí son para transmitir el mensaje de que se está cumpliendo la regla.
Finalmente, no se trata de censurar a Hacienda por la forma como agregó un monto significativo de TUV. El asunto de fondo no está allí. La raíz del problema es la imposibilidad de cumplir la regla fiscal que el país ha diseñado. Es necesario hacer un replanteamiento sustantivo de la forma como se está estimando la regla fiscal. Su inflexibilidad llevará, inevitablemente, a buscar nuevos arreglos contables.
*Profesor de U. Nacional y Externado