Site logo

Archivos

Así funcionará el fondo de ahorro del Banrep de cotizaciones en Colpensiones

Así funcionará el fondo de ahorro del Banrep de cotizaciones en Colpensiones

El Banco de la República administrará una parte de las contribuciones al componente de prima media, de tal forma que el Gobierno siga aportando a Colpensiones montos similares a los que viene aportando para cubrir el déficit de esa entidad.

El Gobierno expidió el decreto 574 por medio del cual se establecen las reglas del Fondo de Ahorro Pensional del Banco de la República, señalando que este organismo administrará los recursos del régimen de prima media, es decir, las cotizaciones de los colombianos a Colpensiones.

La administración la realizará mediante patrimonios autónomos o encargos fiduciarios constituidos con entidades especializadas, “bajo criterios de prudencia, diligencia y optimización de rentabilidad para garantizar mesadas pensionales estables y previsibles”.

Allí se establecen los principios que orientarán la inversión de los recursos del Fondo de Ahorro, entre los que se incluyen la diversificación de portafolios, la administración mediante subcuentas generacionales y la prohibición expresa de destinar recursos para financiamiento directo del Gobierno nacional o servicio de deuda pública.

Es decir, reitera que estos recursos son de carácter parafiscal, inembargables y de uso exclusivo para fines pensionales.

El decreto también reglamenta la conformación del Comité Directivo establecido en la Ley 2381 de 2024, integrado por el ministro de Hacienda (quien lo preside), el ministro del Trabajo, el director del Departamento Nacional de Planeación, y cuatro expertos seleccionados por la Junta Directiva del Banco de la República.

Además, define quién sesionará trimestralmente en reuniones ordinarias y cuando sea requerido en sesiones extraordinarias, con cuórum de cinco miembros y decisiones por mayoría de cuatro votos.

Finalmente, el decreto prevé un régimen transitorio de hasta doce meses a partir del 1 de julio de 2025, en caso de que el Comité Directivo no haya definido las políticas de administración e inversión o contratado los administradores necesarios.

Durante este período, los recursos se invertirán bajo el régimen del Fondo de Pensiones Obligatorias Moderado, con unas condiciones de inversión específicas para determinados activos, y el Banco de la República deberá presentar informe detallado al Comité Directivo sobre la gestión transitoria realizada.

COLPRENSA


El Banco de la República administrará una parte de las contribuciones al componente de prima media, de tal forma que el Gobierno siga aportando a Colpensiones montos similares a los que viene aportando para cubrir el déficit de esa entidad. El Gobierno expidió el decreto 574 por medio del cual se establecen las reglas del Fondo […]


Autor:

Fecha de Publicación: jueves, 29 de mayo del 2025


Ver noticia completa