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Corte Constitucional rechaza solicitud de nulidad presentada por constructora MMVR S.A.S. contra sentencia T-290 de 2024

La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la solicitud de nulidad interpuesta por la constructora MMVR S.A.S. no cumplió con el plazo de oportunidad, lo que llevó al rechazo de la solicitud. La sentencia T-290 de 2024 había ordenado medidas sobre la situación del alcantarillado en Santa Marta, afectando proyectos urbanísticos en el sector de Los Cocos.

La Corte Constitucional de Colombia rechazó el 25 de junio de 2025 la solicitud de nulidad presentada por la constructora MMVR S.A.S. contra la Sentencia T-290 de 2024. La solicitud de nulidad fue presentada por la empresa en abril de 2025, después de que la sentencia de la Corte, dictada en septiembre de 2024, ordenara medidas urgentes respecto al colapso del sistema de alcantarillado en el sector de Los Cocos, barrio Bellavista, en Santa Marta.

La constructora MMVR S.A.S., afectada por la suspensión de las licencias de construcción en la zona debido a las deficiencias del sistema de alcantarillado, alegó que la Corte no había considerado adecuadamente los efectos socioeconómicos de la medida. La empresa también argumentó que la sentencia omitió un análisis de las consecuencias de su decisión en relación con derechos como el debido proceso, la libertad económica y el acceso a la propiedad privada.

No obstante, la Corte concluyó que la solicitud de nulidad fue extemporánea. Según los plazos establecidos, el tercero interesado debía haber presentado la solicitud dentro de los tres días siguientes a la notificación del fallo, lo que no ocurrió en este caso, ya que la solicitud fue presentada dos meses después del vencimiento de ese plazo.

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La Corte también destacó que la solicitud de nulidad no cumplió con los requisitos de oportunidad, y que, según la jurisprudencia, el incumplimiento de este requisito impide el análisis de los demás argumentos presentados. Con base en esta interpretación, la solicitud fue rechazada de forma definitiva.

La sentencia T-290 de 2024 había ordenado una serie de acciones a la Empresa de Servicios Públicos de Santa Marta (ESSMAR E.S.P.) y al Distrito de Santa Marta para solucionar los problemas de desbordamiento del sistema de alcantarillado y garantizar la salud y el bienestar de los residentes de la zona. Además, la Corte instó a las autoridades locales a revisar la legalidad de las licencias de urbanización en el área afectada, lo que incluyó la paralización de nuevos proyectos constructivos hasta que se resolviera la capacidad del sistema de alcantarillado.

Con este fallo, la Corte reafirmó su postura de priorizar la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, en este caso, la salud, la vivienda digna y el ambiente sano, frente a los intereses particulares de la constructora.


La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la solicitud de nulidad interpuesta por la constructora MMVR S.A.S. no cumplió con el plazo de oportunidad, lo que llevó al rechazo de la solicitud. La sentencia T-290 de 2024 había ordenado medidas sobre la situación del alcantarillado en Santa Marta, afectando proyectos urbanísticos en el sector de Los Cocos.


Autor: [email protected] (Aprendizcun)

Fecha de Publicación: jueves, 28 de agosto del 2025


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