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Corte ordena revertir intervención de sanitas EPS tras violar debido proceso

Corte ordena revertir intervención de sanitas EPS tras violar debido proceso

La Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó revocar tres resoluciones dictadas por la Superintendencia Nacional de Salud que habían intervenido la EPS Sanitas y concluyó que hubo vulneración del derecho al debido proceso de las empresas del grupo Keralty y de su representante legal Juan Pablo Rueda Sánchez.

Mediante la sentencia SU-277 de 2025, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, la Corte revocó una decisión del 10 de julio de 2024 proferida por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez había confirmado el fallo del 30 de mayo de 2024 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, que declaró improcedente una acción de tutela.

En su lugar, la Corte amparó el derecho fundamental al debido proceso de Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S. Compañía de Medicina Prepagada, Keralty S.A.S., Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., Entidad Promotora de Salud Sanitas S.A.S. y Juan Pablo Rueda Sánchez, quienes presentaron la tutela contra la Superintendencia Nacional de Salud.

La Corte ordenó dejar sin efectos tres resoluciones de la Superintendencia Nacional de Salud. Se trata de la Resolución No. 2024160000003002-6 del 2 de abril de 2024, que ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la Entidad Promotora de Salud Sanitas S.A.S. por un año, así como la intervención forzosa para ejercer su administración.

También anuló la Resolución No. 2024100000003060-6 del 10 de abril de 2024, que corrigió la anterior, y la Resolución No. 2025320030001947-6 del 1 de abril de 2025, mediante la cual se prorrogó esa medida de intervención por un año.

La Corte concluyó que el caso debe ser remitido a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T‑760 de 2008, que desde hace más de 15 años vigila el cumplimiento de estándares mínimos en el sistema de salud colombiano, para que evalúe los efectos de la decisión en la prestación de servicios de salud.

El magistrado Vladimir Fernández Andrade no estuvo de acuerdo con la decisión y salvó su voto. Sus argumentos aún no han sido publicados.

La intervención de EPS como Sanitas o Nueva EPS ha sido una de las estrategias del Gobierno para enfrentar la crisis financiera del sistema de salud. Sin embargo, este fallo de la Corte Constitucional introduce un nuevo capítulo en el debate, al enfatizar que incluso en medio de dificultades económicas, las autoridades deben respetar las garantías legales de las entidades vigiladas.

BOGOTÁ, (Colprensa).


La Sala Plena de la Corte Constitucional ordenó revocar tres resoluciones dictadas por la Superintendencia Nacional de Salud que habían intervenido la EPS Sanitas y concluyó que hubo vulneración del derecho al debido proceso de las empresas del grupo Keralty y de su representante legal Juan Pablo Rueda Sánchez. Mediante la sentencia SU-277 de 2025, […]


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Fecha de Publicación: jueves, 26 de junio del 2025


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