Procuraduría pide que se confirme fallo donde niegan la solicitud de nulidad de elección del Alcalde de Santa Marta
La Procuradora Delegada para Asuntos Electorales y Participación Democrática con funciones de Procuradora Séptima Delegada, ante el Consejo de Estado, solicitó confirmar la sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo del Magdalena, que negó las pretensiones de las demandas de nulidad electoral presentadas en contra de la elección del Alcalde de Santa Marta.
La petición fue hecha por Idayris Yolima Carrillo Pérez, quien manifiesta en su apreciación que el respeto y las garantías de los derechos fundamentales como el de elegir y ser elegido son piedra angular del ejercicio democrático.
Advierte que entender lo contrario implica, satisfacer la omisión deliberada del Movimiento Fuerza Ciudadana de no haber verificado que, su candidata inicialmente inscrita, se hallaba incursa en evidente causal de inhabilidad conforme a la normativa vigente y a la línea jurisprudencial trazada por la Sala Electoral.
“Pretendiendo mutar dichas consecuencias a la presunta vulneración de derechos del candidato Jorge Luis Agudelo Apreza, en reemplazo de la primera candidatura, y de su propio electorado, en detrimento del propio ordenamiento jurídico, de los derechos fundamentales de los demás candidatos y colectividades que cumplieron con las reglas pertinentes en cada una de las etapas del proceso electoral, al igual que lo de la comunidad en general”, expresa aparte del oficio.
Finalmente, la Procuradora Delegada para Asuntos Electorales y Participación Democrática con funciones de Procuradora Séptima Delegada, Idayris Yolima Carrillo Pérez, en su misiva, en conclusión y con fundamento en lo expuesto, solicita que se confirme la sentencia del 10 de febrero de 2025, proferida por el Tribunal Administrativo del Magdalena, que negó la solicitud de nulidad del acto de elección de Carlos Pinedo Cuello, como Alcalde de Santa Marta, para el período 2024 – 2027.
Carrillo Pérez, en su carta al Consejo de Estado, se refiera al fallo del Tribunal Administrativo del Magdalena del 10 de febrero de 2025, con ponencia del magistrado Adonay Ferrari donde denegó las pretensiones de las demandas que solicitaban la nulidad de la elección del Alcalde de Santa Marta, Carlos Pinedo Cuello para el periodo constitucional del 1 de enero del 2024 al 31 de diciembre del 2027.
Además, en el mismo fallo, declaró no probada la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva, propuesta por la mandataria judicial de la entidad vinculada Registraduría Nacional del Estado Civil, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveído.
También denegó, las suplicas de la demanda, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de la providencia, firmada además por las magistradas Maribel Mendoza Jiménez y Martha Lucía Mogollón Saker.
Esa solicitud fue interpuesta por Tito Moisés Bolaño Mesa, Humberto Enrique Arias Henao, Alfonso Antonio Núñez Macías y Jorge Luis Agudelo Apreza, quienes elevaron la demanda de nulidad electoral de Carlos Pinedo Cuello como alcalde de Santa Marta.