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Rechazan tutela de Exfarc que pedía modificar cargos y procesos por secuestros

Rechazan tutela de Exfarc que pedía modificar cargos y procesos por secuestros

La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró improcedente la acción de tutela presentada por los ex jefes del último Secretariado de las extintas Farc, en el marco del juicio que enfrentan por secuestros ocurridos durante el conflicto armado.

La magistratura indicó que el caso aún se encuentra en una etapa preliminar antes de la emisión de una sentencia definitiva, y que los comparecientes cuentan con diversas instancias procesales dentro de la JEP para resolver las controversias de forma dialógica, como ha sido el procedimiento desde el inicio de este proceso de reconocimiento de responsabilidad.

En cuanto a la solicitud presentada por los ex guerrilleros para modificar las calificaciones jurídicas de los crímenes, incluyendo los de esclavitud y toma de rehenes de miembros de la fuerza pública, la JEP precisó que los acusados tienen otros medios judiciales dentro de la misma jurisdicción para abordar y resolver estos puntos.

De igual forma, destacó que en caso de desacuerdo con la sentencia que emita la Sección de Reconocimiento de Verdad sobre los secuestros, los comparecientes pueden interponer un recurso de apelación.

La Sección de Apelación de la JEP, que sería la encargada de resolver la apelación, tiene la facultad de revisar el procedimiento en su totalidad. La Sala de Reconocimiento de Verdad había subrayado previamente que, una vez se conozca la sanción por los secuestros, se garantizarán plenas opciones para acceder a una segunda instancia.

En este sentido, la JEP reiteró que el proceso aún no ha alcanzado la etapa en la que puedan agotarse todos los mecanismos previstos por la ley para resolver las diferencias mediante el sistema dialógico.

Respecto al alegado conflicto de competencias entre la Sala de Reconocimiento de Verdad y la Sección de Reconocimiento de Verdad, la JEP aclaró que los ex jefes rebeldes no están legitimados para presentar este tipo de solicitudes ante el juez constitucional, ya que no corresponde a los sujetos procesales del caso, como las Farc o la fuerza pública, plantear conflictos de competencias dentro de la jurisdicción.

En relación con las críticas sobre la facultad de las víctimas para presentar proyectos de «sanción propia», la JEP concluyó que los cuestionamientos hechos por los ex guerrilleros se basan en supuestos futuros y no son aplicables en el contexto actual del proceso. Por lo tanto, consideró que estos planteamientos carecen de fundamento en el presente momento.

Sobre la solicitud de emitir una Resolución Única de Conclusiones, la JEP indicó que la Ley 1957, que establece la normativa para presentar conclusiones sobre una misma persona por diversas conductas, no debe interpretarse de manera aislada. Según la interpretación de la Jurisdicción, este procedimiento se puede llevar a cabo mediante el marco de la ruta procesal definida por la Sección de Reconocimiento de Verdad.

Finalmente, la JEP reiteró que su sistema procesal garantiza espacios de participación y desarrollo dentro del marco de un proceso dialógico, que es el que rige la interacción de los comparecientes. La Jurisdicción destacó que si en el futuro se presentan irregularidades que afecten derechos fundamentales de los involucrados, estos podrán recurrir a los recursos judiciales establecidos, incluida la apelación al final del proceso.

La Sección de Revisión concluyó que hasta la fecha las actuaciones de la JEP han respetado y garantizado los derechos fundamentales de los ex jefes de las Farc, actuando con rigor y en estricto cumplimiento del sistema de justicia transicional.

BOGOTÁ, (Colprensa).-


La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró improcedente la acción de tutela presentada por los ex jefes del último Secretariado de las extintas Farc, en el marco del juicio que enfrentan por secuestros ocurridos durante el conflicto armado. La magistratura indicó que el caso aún se encuentra en una […]


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Fecha de Publicación: lunes, 11 de agosto del 2025


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