El alto tribunal evaluará una acción judicial que alega que se cometieron irregularidades en el nacimiento de esa colectividad política, derivadas de la escisión del partido ADA.
La Sección Quinta del Consejo de Estado admitió para su estudio una demanda presentada por el abogado Samuel Ortiz, en la cual solicitó que se deje sin efectos la personería jurídica concedida por el CNE al partido ‘La Fuerza de la Paz’.
Esta colectividad nació en 2022 producto de la “división de toldas” dentro del partido ADA, y es actualmente liderada por el exembajador Roy Barreras.
La demanda se fundamenta en que no se podía permitir la división del ADA y por consecuencia el nacimiento de La Fuerza de la Paz debido a que para el momento en que se otorgó la resolución del CNE, el ADA tenía investigaciones sancionatorias abiertas por presuntas irregularidades en campañas y reporte de gastos en las mismas.
“Permitir la escisión de partidos políticos y el consecuente reconocimiento de personería jurídica mientras existen procesos sancionatorios en curso podría generar un fraude a la Ley, como ya se mencionó y lo expuso la propia Corte Constitucional”, se lee en la demanda.
En criterio de los accionantes, dicha autorización por parte del CNE para la creación del partido de Roy Barreras representa un mal ejemplo, porque puede permitir que las colectividades políticas puedan mutar o reorganizarse evadiendo las investigaciones.
Para los demandantes, los argumentos del CNE dirigidos a justificar su decisión en “ampliar la democracia” o “garantizar la libertad de asociación” no son admisibles a la luz de la jurisprudencia electoral y la ley.
Aunque los demandantes pidieron que se decrete una medida cautelar de urgencia, el Consejo de Estado no se pronunció sobre la misma. Eso sí, concedió un término de 30 días a la colectividad política La Fuerza de la Paz para que responda a los argumentos de la acción judicial.