Dejó sin efectos un proceso contra un exdragoneante que el Inpec demandó porque nunca lo notificaron, la institución dijo que no sabían dónde localizarlo y él no pudo apelar la sentencia.
El alto tribunal protegió los derechos de un ciudadano que fue condenado en un proceso del INPEC sin haber sido notificado correctamente.
Para la Corte esta entidad mintió al decir que no conocía su dirección, lo que llevó a que el proceso se hiciera sin que él pudiera defenderse.
Todo comenzó en 2019 cuando el INPEC demandó al ciudadano en un proceso de repetición un tipo de juicio en el que el Estado busca que un funcionario o particular devuelva dinero pagado por una condena judicial.
Sin embargo, el hombre nunca fue notificado ni por correo ni por aviso, porque el INPEC aseguró falsamente que no sabía dónde ubicarlo.
Por esa razón, el juez ordenó emplazarlo, es decir, publicar la notificación en medios, como último recurso. El proceso siguió su curso, y el exdragoneante del INPEC fue representado por una abogada de oficio que no apeló la condena, dejando la decisión en firme.
Años después, cuando empezaron a cobrarle la deuda, el afectado se enteró de la sentencia y pidió que se anulara por falta de notificación, pero su solicitud fue rechazada.
La Corte Constitucional determinó en este caso que el INPEC indució en error al juez, que se violaron los derechos del ciudadano y que hubo falta de defensa durante el proceso.
Por eso, ordenó anular todo el proceso desde el principio y frenar el cobro que se estaba adelantando.