Los agentes habrían exigido a la propietaria de una licorería la suma de $300.000 a cambio de no imponerle un comparendo por, presuntamente, violar el horario permitido para la venta de licor.
Por medio de un boletín de prensa, la Justicia Penal Militar y Policial informó que la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena contra el patrullero Héctor Andrés Rojas Pinilla y el patrullero retirado Kevin Julio Torrenegra Miranda por el delito de concusión.
El alto tribunal rechazó el recurso de casación presentado por uno de los condenados, que pretendía anular la decisión del Tribunal Penal Militar y Policial, el cual había confirmado la sentencia emitida en primera instancia por el Juzgado de Instancia de la Policía Metropolitana de Bogotá. Este recurso buscaba revisar la condena por presuntos errores en la aplicación de la ley.
Los hechos se remontan a junio de 2013, cuando los dos uniformados prestaban su servicio en el cuadrante Calamar 30 de la Policía Metropolitana de Villavicencio. En ese entonces, llegaron hasta una licorería donde exigieron a la propietaria la suma de 300.000 pesos a cambio de no imponerle un comparendo por, presuntamente, violar el horario autorizado para la venta de licor. La mujer entregó únicamente 100.000 pesos, alegando que era el dinero que tenía disponible.
Por estos hechos, ambos uniformados deberán pagar una condena de 72 meses de prisión, además de una inhabilidad por el mismo periodo y el pago de una multa equivalente a 50 salarios mínimos legales vigentes a la fecha de los hechos, es decir, $29.475.000.
COLPRENSA