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Sancionada reforma a la justicia

Sancionada reforma a la justicia

Esta norma permitirá una administración de justicia más oportuna, eficiente y centrada en las necesidades de las víctimas.

El presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, sancionó la reforma a la justicia (Ley 2477 de 2025), que provee al país de herramientas para lograr una Justicia más Ágil y Eficaz, y una iniciativa que recoge un amplio consenso institucional y político para modernizar la justicia penal y alcanzar una transformación estructural del sistema judicial penal colombiano.

Esta nueva ley, que fue promovida de manera conjunta por el Ministerio de Justicia y del Derecho, la Corte Suprema de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, tramitada en el Congreso con respaldo mayoritario, responde a una necesidad urgente: ofrecer respuestas más oportunas a quienes acuden al sistema judicial, combatir la congestión que limita su efectividad y garantizar los derechos y la reparación integral de las víctimas.

La iniciativa modifica aspectos clave de las leyes 599 de 2000, 906 de 2004 y 1121 de 2006, para actualizar el marco jurídico penal y adecuarlo a las necesidades actuales del país y de sus instituciones. Entre sus principales avances se encuentran:

La implementación de mecanismos de indemnización integral a las víctimas, que refuerzan su centralidad en el proceso penal.

El fortalecimiento del principio de oportunidad, que permite racionalizar el uso de los recursos del Estado y priorizar la investigación de los delitos de mayor impacto.

La introducción de beneficios por aceptación de cargos, con lo cual se agilizan los procesos judiciales y se promueve la justicia restaurativa.

El uso de pruebas anticipadas, que permitirá avanzar con mayor rapidez y eficacia en la recolección de evidencias, evitando dilaciones innecesarias.

JUSTICIA MÁS OPORTUNA

Esta norma permitirá una administración de justicia más oportuna, eficiente y centrada en las necesidades de las víctimas. Se proyecta que los tiempos de resolución de los procesos penales se reduzcan a entre uno y doce meses, frente a los plazos actuales que pueden superar los diez años. Así mismo, se espera una disminución significativa en el número de casos que prescriben por demoras procesales.

Con su entrada en vigor, el país da un paso decisivo hacia una justicia social más cercana, eficaz y garante de derechos para toda la ciudadanía.

PRINCIPIO DE OPORTUNIDAD

El fortalecimiento del principio de oportunidad, que permite racionalizar el uso de los recursos del Estado y priorizar la investigación de los delitos de mayor impacto.

La introducción de beneficios por aceptación de cargos, con lo cual se agilizan los procesos judiciales y se promueve la justicia restaurativa.

El uso de pruebas anticipadas, que permitirá avanzar con mayor rapidez y eficacia en la recolección de evidencias, evitando dilaciones innecesarias.

El ministerio de Justicia destacó que con la entrada en vigor de la nueva iniciativa “se proyecta que los tiempos de resolución de los procesos penales se reduzcan a entre uno y doce meses, frente a los plazos actuales que pueden superar los diez años. Así mismo, se espera una disminución significativa en el número de casos que prescriben por demoras procesales”.

CERRAR PROCESOS EN LO PENAL

Con la sanción de la Ley 2477 de 2025 entraron en vigencia cambios en el sistema penal que permiten cerrar procesos judiciales si el acusado repara a la víctima, se amplían los preacuerdos, y se habilita el uso más amplio de las pruebas anticipadas y del principio de oportunidad en distintas etapas del proceso.

La nueva ley permite extinguir la acción penal si el procesado repara de forma integral el daño causado, en delitos como lesiones personales, homicidio culposo, inasistencia alimentaria, algunos delitos contra el patrimonio económico y contra los derechos de autor. La medida no aplica si hubo violencia o si se trata de extorsión.

En los casos donde no haya víctima identificada, la Fiscalía General de la Nación podrá aceptar una caución como garantía de reparación. Si el procesado ya se ha beneficiado de esta figura en los últimos cinco años por el mismo motivo, no podrá acceder nuevamente a ella.

La ley amplía el acceso a rebajas de pena mediante allanamiento y preacuerdos. Ahora los acusados por delitos como secuestro, extorsión o terrorismo podrán negociar con la Fiscalía reducciones de hasta la mitad de la pena, sin que esto implique excarcelación anticipada o subrogados como prisión domiciliaria.

También se eliminó una restricción que limitaba los beneficios en casos de captura en flagrancia. Con la modificación, se podrán aplicar los mismos descuentos que para otros delitos si el procesado acepta los cargos desde las primeras etapas del proceso.

La norma autoriza a la Fiscalía a aplicar el principio de oportunidad incluso desde la etapa de indagación, sin necesidad de abrir un proceso formal y sin requerir autorización del Fiscal General. En total, se contemplan 17 causales, entre ellas la colaboración eficaz, la reparación a la víctima, el bajo impacto del delito o el compromiso de testificar contra otros involucrados.

El beneficio no podrá aplicarse en delitos como violencia sexual contra menores, crímenes de guerra o conductas cometidas por cabecillas de organizaciones ilegales.

La ley habilita el uso de pruebas anticipadas durante la investigación, con control judicial, especialmente en casos donde haya riesgo de que se pierdan elementos probatorios o en procesos de violencia sexual, amenazas a testigos o extradiciones en trámite.

Se aclaran también nuevos plazos para que el procesado quede en libertad si el proceso no avanza: por ejemplo, si la acusación no se presenta en 60 días desde la imputación, o si no se inicia el juicio en 120 días desde la acusación. La norma fija excepciones y reglas para cuando estos términos puedan ampliarse.

TERMINACIÓN ANTICIPADA

Según el texto aprobado, los mecanismos de terminación anticipada no aplican a delitos graves ni implican impunidad. La ley también excluye a reincidentes recientes y aclara que las víctimas conservarán su derecho a ser reparadas y a participar en el proceso.

Además, las sentencias judiciales seguirán siendo necesarias en los casos más graves. La norma está en vigor desde su promulgación el 11 de julio de 2025./Colprensa


Esta norma permitirá una administración de justicia más oportuna, eficiente y centrada en las necesidades de las víctimas. El presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, sancionó la reforma a la justicia (Ley 2477 de 2025), que provee al país de herramientas para lograr una Justicia más Ágil y Eficaz, y una iniciativa que recoge un amplio consenso […]


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Fecha de Publicación: lunes, 14 de julio del 2025


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