Las restricciones están vigentes durante los dÃas sábado 14, domingo 15 y lunes 16 de febrero de 2026.
En el marco de la celebración del “Carnaval 2026: Un solo Carnaval desde el Corazón del Mundoâ€, la AlcaldÃa Distrital de Santa Marta expidió el Decreto 078 del 12 de febrero de 2026, mediante el cual se adoptan medidas especiales para garantizar la seguridad, la convivencia y el orden público durante las festividades.
Entre las principales disposiciones se establecen restricciones a la movilidad y circulación de vehÃculos en el Distrito, con el propósito de proteger la vida e integridad de propios y visitantes, y facilitar el desarrollo organizado de los eventos culturales y artÃsticos programados.
Restricción a motocicletas y vehÃculos similares
Durante los dÃas sábado 14, domingo 15 y lunes 16 de febrero de 2026, en el horario comprendido entre las 3:00 p. m. y las 4:00 a. m. del dÃa siguiente, se restringe la circulación de motocicletas, mototriciclos y cuatrimotos tanto en la zona urbana como rural de la ciudad.
Se exceptúan de esta medida los vehÃculos de organismos de seguridad del Estado, Fuerzas Armadas, PolicÃa Nacional, CTI, Inpec; vehÃculos de emergencia debidamente identificados; personal médico; organismos de socorro; medios de comunicación; empresas de servicios públicos domiciliarios en ejercicio de sus funciones, y demás excepciones contempladas en el Decreto.
Asimismo, queda prohibida la movilización en vehÃculos y motocicletas de personas que porten disfraces con el rostro cubierto, máscaras, pasamontañas o cualquier elemento que impida su plena identificación.
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Uso del espacio público y control de bebidas
De manera excepcional y temporal se permitirá el uso de vÃas y espacio público para la realización de eventos festivos, culturales y lúdicos, previa autorización de la SecretarÃa de Gobierno Distrital, conforme a la normativa vigente.
En las áreas autorizadas se permitirá el expendio y consumo controlado de bebidas alcohólicas; sin embargo, se prohÃbe el uso y consumo de sustancias psicoactivas y la venta o consumo de bebidas en envases de vidrio en parques, playas y eventos con afluencia masiva de público.
Igualmente, se prohÃbe el uso de vehÃculos de tracción animal en desfiles y eventos programados durante las fiestas.