El fallo concluyó que no se cumplían los elementos para declarar el incumplimiento de la orden judicial.
El Tribunal Administrativo del Magdalena decidió abstenerse de imponer sanción por desacato dentro del trámite incidental promovido por la diputada María Margarita Guerra Zúñiga, quien solicitó el cumplimiento de una medida cautelar en contra del acto de elección de la Mesa Directiva de la Asamblea Departamental del Magdalena para el periodo 2025.
Guerra Zúñiga argumentó que Ángela María Cedeño Ruíz (presidenta), Marta Liliana García Rivera (primera vicepresidenta) y Candy Julieth Sánchez Vásquez (segunda vicepresidenta) no habían acatado la providencia emitida el 26 de febrero de 2025, por lo que solicitó al Tribunal que impusiera sanciones por desacato.
Sin embargo, tras evaluar la documentación presentada, el magistrado ponente Adonay Ferrari Padilla determinó que las integrantes de la Mesa Directiva cumplieron con la orden judicial, por lo que no existía mérito para imponer sanciones. El fallo subraya que el desacato solo se configura cuando hay una conducta clara de incumplimiento y falta de diligencia en la ejecución del mandato judicial, lo que en este caso no se evidenció.
Con esta decisión, el Tribunal cierra el incidente de desacato sin sanciones, manteniendo su posición frente a la legalidad del proceso.
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