La Ley 2486 de 2025 establece reglas claras para el uso seguro y responsable de estos vehículos, especialmente entre jóvenes desde los 16 años.
Asimismo, la ley exige el uso obligatorio de casco, elementos reflectivos y luces delanteras y traseras. La correcta visibilidad, remarcan las entidades competentes, es fundamental para prevenir accidentes y proteger tanto a los conductores como a los transeúntes que comparten la vía.
De acuerdo con la normativa, las personas desde los 16 años pueden conducir vehículos eléctricos livianos, siempre y cuando lo hagan por vías de uso general destinadas al tránsito vehicular. Estas unidades están concebidas exclusivamente para uso personal en zonas urbanas y deben transitar por carriles o espacios diseñados para este tipo de transporte.
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Las autoridades recordaron que está prohibido circular por carriles exclusivos para carros, buses o motocicletas, ya que estos vehículos no cuentan con las características técnicas para compartir dichos flujos viales. Esta medida busca disminuir riesgos y garantizar un tránsito más seguro para todos los actores viales.
Con estas disposiciones, Santa Marta reafirma su compromiso con una movilidad más limpia, ordenada y segura, invitando a los ciudadanos a informarse y adoptar buenas prácticas de desplazamiento en vehículos eléctricos.