La empresa volvió al Distrito con cuentas por aclarar. La historia de los proyectos también obliga a responder por estudios, decisiones y controversias que dejaron a la ciudad esperando.
Por: Víctor Rodríguez Fajardo
CAPÍTULO 2 DE 4
La devolución de ESSMAR al Distrito dejó una pregunta que atraviesa esta entrega: ¿qué empresa recibió Santa Marta y con cuáles obligaciones? Responder exige revisar la administración del servicio, la evolución de sus cuentas y las decisiones que acompañaron las soluciones aplazadas.
La recuperación de la operación pública representó una esperanza. El Decreto 282 de noviembre de 2016 amplió el objeto de la antigua ESPA y cambió su nombre por ESSMAR. La aspiración de tener una empresa samaria que reuniera varios servicios, con EPM como referente, era legítima. El decreto no podía darle experiencia, equipos ni capacidad financiera. Quienes asumieron su dirección debían construirlos.
Veolia participó mediante Proactiva Santa Marta y el contrato transitorio 081 de 2017. La Alcaldía anunció la operación directa de ESSMAR desde el 18 de abril de 2019. Rafael Martínez reportó más de $22.000 millones invertidos conjuntamente y mejoras en estaciones, redes y monitoreo. Ese balance debe contrastarse con las obligaciones pactadas y la entrega recibida: la crisis estructural continuó.
En noviembre de 2021, Superservicios intervino ESSMAR por deficiencias técnicas, operativas, administrativas y financieras. Quienes prometieron recuperar el servicio debían preparar una empresa capaz de sostenerlo. La defensa de lo público también exige responder por nombramientos, administración y recursos.
EPM llegó en octubre de 2022 como agente especial y apoyo técnico. Aclaró que las inversiones correspondían a Nación, entidades territoriales y ESSMAR. Al concluir en enero de 2024, reportó recuperación de unos 220 litros por segundo y aumento de cobertura del 77,78 % al 80,43 %. Su balance debe juzgarse dentro de sus funciones: el abastecimiento estructural seguía pendiente.
La intervención continuó con Jorge López Echeverry como agente especial. En agosto de 2026, la administración volvió al Distrito tras considerarse viable su Plan de Salvamento. Superservicios anunció vigilancia especial por seis meses y reconoció indicadores pendientes de mejora. Desde entonces, Pinedo debe responder por la ejecución del plan; la devolución no borra las cuentas de quienes administraron antes.
Según la respuesta de Superservicios al Congreso reseñada por Opinión Caribe, los pasivos pasaron de $97.333,6 millones en diciembre de 2021 a $125.197,1 millones al cierre de 2025: aumento nominal del 28,6 %. El primer corte incluye semanas iniciales de intervención; el segundo antecede a la devolución. Ese incremento no equivale íntegramente a endeudamiento nuevo: la respuesta también menciona reconocimiento de obligaciones omitidas. El balance del empalme debe precisar qué se contrató, reconoció, pagó y dejó pendiente.
La propia Superintendencia presentó otro saldo para 2025 en su rendición de cuentas: $120.180 millones. Hay una diferencia por conciliar. Los documentos no permiten reemplazar el acta de entrega por una cifra escogida a conveniencia, pero sí exigen explicar por qué una intervención destinada a recuperar la empresa terminó con semejante carga financiera.
Ese antecedente vuelve indispensable conocer la arquitectura del prestador regional. Todavía no están definidos su composición accionaria, sus aportes, el reparto de ingresos ni el papel de ESSMAR. Triple A y EPM aparecen como referentes; la operación no puede darse por entregada a Barranquilla. Las condiciones deben discutirse antes de comprometer el patrimonio samario.
La pregunta es incómoda y obligatoria: si ESSMAR conserva sus pasivos y el nuevo prestador recibe el negocio del agua, ¿con qué ingresos se pagarán las obligaciones que quedan? Si la dirección termina concentrada en Barranquilla, ¿qué participación tendrá Santa Marta sobre sus redes, inversiones y tarifas? ¿Entrará como socia, compradora de agua en bloque o propietaria de infraestructura operada por terceros?
¿Cuál será la salida? El acuerdo regional debe presentar conjuntamente la financiación de las obras, el saneamiento de ESSMAR y la distribución de ingresos y riesgos. Sería inaceptable dejarle a Santa Marta la cuenta del pasado y trasladar a otra empresa los ingresos con los cuales podría pagarla. Juancho Pueblo necesita agua, pero también merece saber quién administrará su recibo.
La búsqueda de fuentes tiene una historia igualmente larga. La Universidad de los Andes recuerda que Empomarta abrió en 1981 un concurso para ampliar y mejorar el acueducto y el alcantarillado. Muchas alternativas actuales llevan décadas sobre la mesa.
El estudio de 2014 fue contratado por el Patrimonio Autónomo Fondo de Preinversión de Findeter con la Universidad de los Andes. Metroagua ejercía la interventoría y Findeter tenía la supervisión administrativa, financiera, contable, jurídica y técnica. Cada entidad debe responder por su función.
En diciembre, durante el Gobierno Santos, Minvivienda presentó los resultados como garantía de abastecimiento para cincuenta años. Entre siete alternativas resultó favorecida la combinación Toribio, Córdoba y Magdalena. El ministro Luis Felipe Henao anunció suministro continuo y estudios adicionales para incorporar el Magdalena a largo plazo. El comunicado reconoció a la Alcaldía de Carlos Caicedo, Findeter, Metroagua y al profesor Juan Guillermo Saldarriaga. Este ya lo decía entonces: «En Santa Marta hay agua para abastecer la ciudad».
La discusión reunió también a Luis Fernando Arboleda, presidente de Findeter; al gobernador Luis Miguel Cotes; al representante Eduardo Díaz Granados; a Corpamag, Aguas del Magdalena y empresarios. Sus responsabilidades fueron distintas. Corresponde precisar qué defendieron y qué hicieron después.
Findeter documentó en 2024 las consultorías para Córdoba–Toribio y para el Magdalena, entregadas al Distrito en julio de 2019 y julio de 2017, respectivamente. La segunda comprendía alternativas e ingeniería básica por cerca de $3.942 millones, con la fase siguiente ligada a una APP. Había conocimiento acumulado y quedaban pendientes ingeniería de detalle, permisos y financiación.
En ese proceso intervino Jorge Eduardo Escobar Silebi, procurador 13 judicial II ambiental y agrario. Promovió la acción popular dentro de la cual el Tribunal Administrativo del Magdalena ordenó, el 25 de octubre de 2018, reevaluar la captación del Magdalena y analizar otras fuentes. La Procuraduría reivindicó el resultado. El Consejo de Estado revocó esa orden el 27 de abril de 2023, desenlace recogido por la sentencia T-290 de 2024.
El Tribunal decidió y el procurador promovió la actuación. La revocatoria no lo sancionó ni aprobó definitivamente el proyecto. Los cuatro años y medio del litigio tampoco prueban un retraso equivalente en una obra lista para comenzar. El efecto debe establecerse en contratos, trámites y decisiones afectados.
Mi exigencia editorial se mantiene: Escobar Silebi debe dar la cara y renunciar. Quien impulsó una revisión de esa trascendencia tiene una responsabilidad política que asumir frente a Santa Marta. Si mantiene su objeción al Magdalena, debe sostenerla con estudios y explicar cómo responde a la revocatoria; si cambió de criterio, explicar qué cambió. El control conserva su independencia, pero también debe responder por sus actuaciones. El cambio de presidente no borra 2018.
Los estudios y los fallos tampoco explican por sí solos toda la espera. La siguiente entrega seguirá las reformulaciones del proyecto y el pulso político que acompañó los acercamientos con Triple A.
Fuentes de consulta del capítulo
[13] Tribunal Administrativo del Magdalena, auto del 25 de octubre de 2018, radicado 47001-23-33-000-2017-00313-00. Acceso documental relacionado: providencia sobre el recurso de reposición publicada en diciembre de 2018, que reproduce las órdenes. No se presenta como enlace directo al auto original.
[14] Procuraduría General de la Nación, boletín 686 del 27 de diciembre de 2018.
[15] Corte Constitucional, sentencia T-290 de 2024, especialmente párrafos 35–40.
[41] Distrito de Santa Marta, Decreto 282 del 18 de noviembre de 2016.
[42] Alcaldía de Santa Marta, boletín 0208 del 27 de febrero de 2019.
[43] Alcaldía de Santa Marta, boletín 0211 del 28 de febrero de 2019.
[44] Superservicios, comunicado 57 del 22 de noviembre de 2021.
[45] EPM, comunicado del 13 de octubre de 2022 sobre su papel en ESSMAR.
[46] EPM, balance de terminación de su gestión como agente especial y asesor, enero de 2024.